viernes, 25 de septiembre de 2009

Los derechos de iniciativa estatal. Introducción

Una vez estudiados los derechos de iniciativas individuales nos acercamos a los derechos en los que el individuo, aun siendo sujeto del derecho, no tiene en su mano ninguna iniciativa que le permita cumplirlo o realizarlo. No estamos hablando de regulaciones que dicten límites al ejercicio de un derecho, sino a la imposibilidad derivada del contenido mismo del derecho. Estamos ante un actor distinto al sujeto. Eso ocurre cuando se confía a una autoridad la gestión de los intereses comunes. Hasta ahora hemos visto a esas autoridades como un poder regulador de iniciativas individuales pero, ahora vamos a contemplar dicho poder como el que realiza funciones sociales.

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